martes, 14 de febrero de 2012

Reproducimos declaración de la Red de DDHH de Ctes sobre preso asesinado en represión

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Aclaracion-Deceso Raúl Sanchez- Up6 Corrientes

ACLARACION A LA OPINION PUBLICA
NO existe en la legislación provincial, nacional o internacional la figura de la " golpiza excesiva" como señala la gacetilla de información pública fechada el día 13 de febrero.- 
De lo que se trata, cuando de informar hablamos, es de llamar a las cosas por su nombre.
Los golpes infligidos contra la humanidad del ciudadano Raúl Sanchez (alojado en el anexo de Condenados de la Unidad Penal 6 de San cayetano, con condena dispuesta por la Cámara Criminal de Mercedes, bajo la guarda del Juzgado de Ejecución de Condena, en dependencias administradas por el Servicio Penitenciario Provincial) se llaman TORTURAS:
Para la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes Adoptada y abierta a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 39/46, de 10 de diciembre de 1984, 
Art 1: A los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas.El hecho se encuadra como "Torturas, y tratos crueles o degradantes como consecuencia del uso de la fuerza por funcionarios encargados de hacer cumplir la ley o personas que actúan en acuerdo directo o indirecto con el Estado cuando el uso de la fuerza no es consecuente con los criterios de absoluta necesidad y proporcionalidad."

Por otra parte, difundimos copia del certificado de defunción, donde no hay margen de dudas respecto a la causa del deceso: TRAUMATISMO ENCEFALOCRANEANO y HEMATOMA SUBDURAL DERECHO. Este traumatismo se produjo contra objeto ROMO Y DURO ( Vale decir palazo en la cabeza, cuanto menos....) 

Para superar la grave y profunda crisis penitenciaria existente en nuestra provincia, necesitamos que todos los funcionarios de gobierno, judiciales y penitenciarios se pongan a la altura de las circunstancias, sin margen de manipulación, minimizacion o tergiversación de los hechos. 
Confiamos en que se realizaran las actuaciones que correspondan para llegar al esclarecimiento definitivo, y se identificaran y sancionaran tanto los autores materiales como quienes desde esferas de poder administrativo o político, facilitaron o dejaron hacer, hechos aberrantes como el que terminó con la vida de Raúl Sánchez.- 

Hilda Presman. Red de Derechos HUmanos de Corrientes






Corrientes, 13 de febrero de 2012
6to. Envío  INformacion pública

FALLECIMIENTO DE UN PELIGROSO INTERNO

Los responsables de los excesos en la UP 6 fueron
sumariados y desafectados de la actividad carcelaria


Las sanciones preventivas fueron tomadas ni bien se conocieron los excesos y cuatro oficiales fueron apartados de sus cargos. Funcionarios del gobierno asistieron a los familiares del condenado y procesado Sánchez, quien falleció por un paro cardiorrespiratorio, tras haber estado casi un mes internado en el Hospital Escuela.  Ante los luctuosos hechos ocurridos el 16 de enero en el anexo de la Unidad Penal N° 1, el Ministerio de Gobierno Informa que las acciones sumariales a los responsables ya se realizaron y que serían cesanteados ámbito del Servicio Penitenciario por los excesos cometidos.

Cuatro son los agentes penitenciarios sindicados como responsables de la excesiva golpiza  (?????)  a cuatro internos, de los cuales uno tuvo que ser internado en el Hospital Escuela. Este estuvo cerca de un mes en terapia intensiva, y finalmente falleció en la jornada de ayer a causa de un paro cardiorespiratorio, derivado, "prima facie", de un virus intrahospitalario.(???????)

Esta medida, fue tomada por el Ministro de Gobierno Gustavo Valdés, luego que junto a su equipo de trabajo se reuniera con los peligrosos internos del anexo de la Unidad Penal N° 1, que funciona en la Unidad N° 6. Allí se alberga a los condenados con frondosos prontuarios, que además tienen otros procesos judiciales abiertos por otros hechos delictivos cometidos. Tras entrevistarse con los reos, estos le manifestaron como sucedieron los hechos y quienes habían dado la orden de realizar una requisa que terminó con excesos por parte de los guardiacárceles.

Así se le iniciaron las acciones sumariales y se los separó del cargo a los Adjutores Auxiliares Miguel Leiva, Jorge Dario Rivero y a Cristian Gonzalez, al igual que al sargento 1° José Blanco. Estos nombres se conocieron a partir de la charla entre los presos, el Ministro Valdés, el subsecretario de Gobierno Luis Bravo y el Coordinador de gabinete de la cartera, a cargo de la Subsecretaria de Derechos Humanos, Manuel Cuevas.

Estos dos últimos funcionarios rápidamente se reunieron con los familiares de los cuatro internos que fueron golpeados por los agentes penitenciarios y se pusieron a disposición de los mismos. Igual actitud tomaron Bravo y Cuevas, ante el desafortunado deceso de Raúl Abel Sánchez, quienes asistieron a los familiares en todo lo que atañe al servicio de sepelio y la asistencia psicológica.(ndaye???)
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